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viernes, 27 de agosto de 2010

RESOLUCIÓN CONCURSO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA DIRECTIVOS 2010 2

RESOLUCION Nº 2487-E-10

San Salvador de Jujuy





VISTO:



Los cargos directivos vacantes en el Nivel Primario, en Escuelas de Educación Común de 1era y 2da Categoría; los cargos directivos vacantes de Nivel Inicial; y los cargos directivos vacantes de Escuelas de Educación Especial; la Ley 2531/60 – Estatuto del Docente Provincial- y la Resolución N1386-E-2010



CONSIDERANDO:



Que se ha cumplimentado el Concurso de Antecedentes para cubrir los cargos directivos vacantes, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N1386-E-2010

Que la Comisión Conformada al efecto, redactó y presentó la Reglamentación pertinente que regirá el Concurso de Oposición y Antecedentes para la cobertura de los cargos directivos vacantes determinados en el exordio, en concordancia con la legislación vigente.

Que es propósito de las Autoridades Educativas Provinciales la cobertura de los cargos directivos vacantes a través de Concursos de Oposición y Antecedentes, tal como lo establece el Estatuto del Docente Provincial-Ley 2531/60-

Por ello:

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE



ARTÍCULO 1º: Convocar a Concurso de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos directivos vacantes en el Nivel Primario, en Escuelas de Educación Común de1ra y 2da categoría; cargos directivos vacantes de Nivel Inicial en escuelas de primera categoría; y cargos directivos vacantes para Escuelas de Educación Especial, según detalle prescripto en el Anexo I del presente dispositivo legal.



ARTÍCULO 2°: Aprobar y Adoptar para el Concurso convocado en el artículo Primero de la presente Resolución, el Reglamento elaborado por la Comisión conformada al efecto, que figura como Anexo II del presente instrumento legal.



ARTÍCULO 3°: Aprobar la instancia de “Capacitación y Actualización Docente en Servicio“ destinada a los aspirantes a cubrir los cargos objeto del Concurso de referencia, que constituye el Anexo III de la presente resolución, dejando expresamente establecido que la participación de los aspirantes en la mencionada oferta, tiene el carácter de obligatorio y que sus actividades administrativas y académicas son vinculantes con el resto de las instancias y actos resolutivos producto de la prueba de oposición y la valoración de los antecedentes de los participantes del presente concurso.



ARTÍCULO 4°: Disponer como Órgano de Ejecución del presente Concurso a la Secretaria de Gestión Educativa, la cual tendrá la responsabilidad legal y técnica de su ejecución.



ARTÍCULO 5°: Establecer para la sustanciación del Concurso, objeto de la presente normativa, el cronograma que se detalla a continuación.

a) Difusión: 26/07 al 30/07.

b) Inscripción:02/08 al 06/08.

c) Confección de Cuadro de Antecedentes:24/08 al 31/08 .

d) Exposición de Cuadros de Antecedentes, Exhibición de la nómina del Jurado y periodo de tacha: 01/09 al 07/09.

e) Exposición definitiva de Cuadros de Antecedentes y de la Nómina del Jurado: 10/09.

f) Desarrollo de la Instancia de Capacitación y Actualización Docente en Servicio: desde 17/09 al 22/10.

g) Presentación de Examen Pre-ocupacional: hasta 22/10.

h) Prueba de Oposición:

Examen escrito: 30/10.

Trabajo de Campo: desde 08/11 al 10/12.

Coloquio: desde el 20/12 al 22/12.

ARTÍCULO 6°: Determinar que el cumplimiento del cronograma estipulado en el artículo 5 de la presente, quedará supeditado a situaciones no previstas que impliquen su modificación, las que serán consideradas oportunamente por el Organismo de Ejecución.



ARTÍCULO 7º: Disponer que a través de las Delegaciones Regionales se efectúe la difusión de la presente convocatoria.



ARTÍCULO 8º: Previo registro pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Educativo, Direcciones de Niveles Inicial y Primario, Área de Recursos Humanos, Junta Calificadora de Niveles Inicial y Primario, Delegaciones Regionales I a V. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y Dirección de Trámites y Archivo Administrativo de la Provincia, a sus efectos.

















ANEXO I

VACANTES DE CARGOS DIRECTIVOS DE 1° Y 2° CATEGORIA – AÑO 2010

NIVEL PRIMARIO

DIRECCIÓN DE 1° CATEGORIA – JORNADA SIMPLE

Escuela N° 7 – “Domingo Faustino Sarmiento” – Tilcara.

Escuela N° 13 – “Dr. Ernesto Padilla” – Maimará.

Escuela N° 19 – “Delfín Puch” – San Antonio.

Escuela N° 24 – “Gral. Cornelio Saavedra” – Santo Domingo.

Escuela N° 30 – “Juana Azurduy de Padilla” – Monterrico.

Escuela N° 37 – “Felipe Antonio de Iriarte” – Monterrico.

Escuela N° 40 – “9 de Julio” – Fraile Pintado.

Escuela N° 54 – “Prof. Filiberto Urbano Carrizo” – San Vicente.

Escuela N° 64 – “Independencia” – Perico.

Escuela N° 100 – “Francisco de Argañaraz” – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 125 – “Zafra” – La Esperanza.

Escuela N° 138 – “Pedro Ortiz de Zárate” – Palma Sola.

Escuela N° 144 – “Víctor Mercante” – Palpalá.

Escuela N° 190 – “Dr. Macedonio Graz” – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 201 – “Salvador Canuto Martínez” – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 202 – “Gral. Enrique Mosconi” – Yuto.

Escuela N° 212 – “San Francisco de Asís” – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 214 – “Ejército del Norte” – Perico.

Escuela N° 222 – Abra Pampa.

Escuela N° 229 – “Provincia de Entre Ríos” – La Mendieta.

Escuela N° 236 – “Provincia de Santa Fe” – Perico.

Escuela N° 245 – “Juan XXIII” – Abra Pampa.

Escuela N° 253 – “Provincia de Chaco” – Yuto.

Escuela N° 281 – “Provincia de Santiago del Estero” – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 339 – “Juan Ignacio Gorriti” – El Aguilar.

Escuela N° 386 – “Latinoamérica” – El Milagro.

Escuela N° 393 – “Gral. Jorge Esteban Cáceres Monié” – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 396 – “Dr. Antonio Rocha Solórzano” – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 404 – “Domitila Cholele” – La Quiaca.

Escuela N° 407 – “Prof. Pablo Arroyo” – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 413 – “Dra. Alicia Moreau de Justo “ – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 415 – “Confederación General del Trabajo” – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 427 – “Juan José Paso” – Caimancito.

Escuela N° 431 – “Isabel La Católica” – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 438 – “El Labrador” – Monterrico.

Escuela N° 441 – Perico.

Escuela N° 445 – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 451 – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 455 – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 457 – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 458 – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 460 – Perico.

Escuela N° 461 – San Salvador de Jujuy.

Escuela Normal “Gral. José de San Martín” – San Pedro de Jujuy.

Escuela Normal “Sargento Cabral” – Abra Pampa.



…///



VICEDIRECCIONES DE 1° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE

Escuela N° 1 – “Gral. Manuel Belgrano” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 2 – “Domingo T. Pérez” – 2 vacantes – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 3 – “Enrique Wollman” – 1 vacante – Loor. Gral. San Martín.

Escuela N° 4 – “Esteban H. Leach” – 1 vacante – La Esperanza.

Escuela N° 6 – “Dr. Joaquín Carrillo” – 2 vacantes – El Carmen.

Escuela N° 7 – “Domingo Faustino Sarmiento” – 1 vacante – Tilcara.

Escuela N° 8 – “Escolástico Zegada” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 10 – “Gral. José de San Martín” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 11 – “Tte. Gral. Bartolomé Mitre” – 1 vacante – El Chamical.

Escuela N° 12 – “Bernardo de Monteagudo” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 13 – “Dr. Ernesto Padilla” – 1 vacante – Maimará.

Escuela N° 14 – “Juan Bautista Alberdi” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 19 – “Delfín Puch” – 1 vacante – San Antonio.

Escuela N° 24 – “Cornelio Saavedra” – 1 vacante – Santo Domingo.

Escuela N° 28 – “Presidente Avellaneda” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 30 – “Juana Azurduy de Padilla” – 1 vacante – Monterrico.

Escuela N° 31 – “Coronel Arias” - 1 vacante – Huacalera.

Escuela N° 34 – “Pedro José Portal” – 1 vacante – La Ovejería.

Escuela N° 37 – “Felipe Antonio de Iriarte” – 1 vacante – Monterrico.

Escuela N° 38 – “Juanita Stevens” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 39 – “Pablo Soria” – 1 vacante – Chalicán.

Escuela N° 40 – “9 de Julio” – 2 vacantes – Fraile Pintado.

Escuela N° 46 – “Coronel Mariano Santibáñez” – 1 vacante – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 48 – “Dr. Manuel Padilla” – 1 vacante – Reyes.

Escuela N° 50 – “Obispo Padilla” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 51 – “Santa Rosa de Lima” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 54 – “Prof. Filiberto Carrizo” – 1 vacante – San Vicente.

Escuela N° 55 – “Patricias Jujeñas” – 1 vacante – Pampa Blanca.

Escuela N° 57 – “Martín Ledesma Valderrama” – 1 vacante – Calilegua.

Escuela N° 64 – “Independencia” – 2 vacantes – Perico.

Escuela N° 73 – “Miguel Estanislao Soler” – 1 vacante – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 77 – “Bernardino Rivadavia” – 1 vacante – Humahuaca.

Escuela N° 78 – “Dr. José Benito de la Bárcena” – 2 vacantes – Palpalá.

Escuela N° 79 – “Dr. Estanislao Zeballos” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 85 – “23 de Agosto” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 86 – “Hipólito Irigoyen” – 1 vacante – La Quiaca.

Escuela N° 87 – “Gabriela Mistral” – 1 vacante – La Mendieta.

Escuela N° 95 – “Alte Guillermo Brown” – 2 vacantes – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 100 – “Francisco de Argañaraz” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 107 – “San Martín de Porres” – 2 vacantes – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 110 – “Mons. Miguel Angel Vergara” – 2 vacantes – Perico.

Escuela N° 111 – “San Francisco de Alava” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 112 – “Cnel. Manuel Borrego” – 1 vacante – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 119 – “Gral. Manuel Savio” – 2 vacantes – Palpalá.

Escuela N° 123 – “Gral. Manuel Belgrano” – 2 vacantes – Fraile Pintado.

Escuela N° 125 – “Zafra” – 1 vacante – La Esperanza.

Escuela N° 136 – “Gral. Lamadrid” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 138 – “Pedro Ortiz de Zárate” – 1 vacante – Palma Sola.

Escuela N° 144 – “Víctor Mercante” – 2 vacantes – Palpalá.

Escuela N° 147 – “RIM 20” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 171 – “Mons. Germán M. Mallagray” – 2 vacantes – San Salvador.

Escuela N° 173 – “América del Sur” – 1 vacante – Puesto Viejo.

Escuela N° 174 – “Santa Rita” – 1 vacante – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 176 – “De la Patria” – 1 vacante – Palpalá.

Escuela N° 190 – “Macedonio Graz” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 201 – “Salvador Canuto Martínez” – 2 vacantes – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 202 – “Gral. Enrique Moscón” – 1 vacante – Yuto.

Escuela N° 203 – “S.S. Juan XXIII” – 2 vacantes – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 204 – “Carmen Ávila de Naverán” – 1 vacante – Palpalá.

Escuela N° 207 – “Armando Pedro Pío Martijena” – 2 vacantes – Palpalá.

Escuela N° 212 – “San Francisco de Asís” – 1 vacante – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 213 – “Martín Raúl Galán” – 2 vacantes – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 214 – “Ejército del Norte” – 1 vacante – Perico.

Escuela N° 217 – “Aeronáutica Argentina” – 1 vacante – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 221 – “Unión Latinoamericana” – 1 vacante – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 222 – 1 vacante – Abra Pampa.

Escuela N° 223 – “Arz. José M. R. Mendizábal” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 224 – “Nuestra Señora del Rosario” – 1 vacante – Monterrico.

Escuela N° 229 – “Provincia de Entre Ríos” – 1 vacante – La Mendieta.

Escuela N° 231 – “Provincia de Corrientes” – 1 vacante – Calilegua.

Escuela N° 236 – “Provincia de Santa Fe” – 2 vacantes – Perico.

Escuela N° 245 – “Juan XXIII” – 1 vacante – Abra Pampa.

Escuela N° 253 – “Provincia de Chaco”- 1 vacante – Yuto.

Escuela N° 255 – “Pucarita” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 257 – “Provincia de Córdoba” – 2 vacantes – Palpalá.

Escuela N° 261 – “Provincia de Tucumán” – 2 vacantes – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 264 – “Batalla de Suipacha” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 265 – “Gral. San Martín” – 1 vacante – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 266 – “Provincia de Catamarca” – 1 vacante – Río Blanco.

Escuela N° 281 – “Provincia de Santiago del Estero” – 2 vacantes – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 310 – “Aeronáutica Argentina” – 1 vacante – Caimancito.

Escuela N° 311 – “Bernardino Rivadavia” – 1 vacante – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela N° 314 – “Cnel. Ricardo Ibazeta” – 1 vacante – Las Pampitas.

Escuela N° 339 – “Juan Ignacio Gorriti” – 1 vacante – El Aguilar.

Escuela N° 356 – “José Hernández” – 2 vacantes – El Arenal.

Escuela N° 360 – “Dr. Teodoro Sanchez de Bustamante” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 383 – “Fray Mamerto Esquiú” – 1 vacante – Rodeito.

Escuela N° 386 – “Latinoamérica” – 1 vacante – El Milagro.

Escuela N° 388 – “Juan Galo Lavalle” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 391 – “Tte. Gral. Pedro Eugenio Aramburu” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 393 – “Tte. Gral. Jorge E. Cáceres Monié” – 1 vacante – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 396 – “Dr. Antonio Rocha Solórzano” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 404 – “Domitila Cholele” – 1 vacante – La Quiaca.

Escuela N° 405 – “Brigadier Juan M. de Rosas” – 2 vacantes – Perico.

Escuela N° 407 – “Prof. Pablo Arroyo” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 410 – “Magdalena de Goyechea y Corte de Güemes” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 411 – “Mayor Enrique C. Lutteral” – 1 vacante – Palpalá.

Escuela N° 412 – “Ing. Carlos Snopek” – 2 vacantes – El Carmen.

Escuela N° 413 – “Alicia Moreau de Justo” – 1 vacante – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 414 – “Adolfo Kapelusz” – 2 vacantes – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 415 – “Confederación General del Trabajo” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 417 – “Pbro. Juan R. Moreno” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 418 – “Eva Perón” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 427 – “Juan José Paso” – 1 vacante – Caimancito.

Escuela N° 431 – “Isabel La Católica” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 432 – “República Francesa” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 434 – “Minero Jujeño” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 435 – “Prof. Humberto J. Agüero” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 436 – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 438 – “El Labrador” – 1 vacante – Monterrico.

Escuela N° 441 – 2 vacantes – Perico.

Escuela N° 442 – 1 vacante – Humahuaca.

Escuela N° 443 – “Dr. Roberto R. Domínguez” – 2 vacantes – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 444 – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 445 – 1 vacante – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 447 – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 449 – “Municipalidad Ciudad Perico” – 1 vacante – Perico.

Escuela N° 451 – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 452 – “Legado Belgraniano” – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 453 – 1 vacante – Aguas Calientes.

Escuela N° 455 – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 456 – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 457 – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 458 – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 459 – 1 vacante – Palpalá.

Escuela N° 460 – 1 vacante – Perico.

Escuela N° 461 – 1 vacante – San Salvador de Jujuy.

Escuela Normal “Gendarmería Nacional” – 1 vacante – La Quiaca.

Escuela Normal de Libertador – 1 vacante – Ldor. Gral. San Martín.

Escuela Normal “Gral. José de San Martín” – 1 vacante – San Pedro de Jujuy.

Escuela Normal “Juan I. Gorriti” – 2 vacantes – San Salvador de Jujuy.

Escuela Normal “Dr. Eduardo Casanova” – 1 vacante – Tilcara.

Escuela Normal “República de Bolivia” – 1 vacante – Humahuaca.



DIRECCIÓN DE 2° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE



Escuela N° 17 – “25 de Mayo” – Volcán.

Escuela N° 21 – “Pedro Goyena” – Purmamarca.

Escuela N° 25 – “Sgto. Gómez” Yavi.

Escuela N° 27 – “Juan Galo Lavalle” – Uquía.

Escuela N° 113 – “Antártica Argentina” – La Quiaca.

Escuela N° 139 – “Sgto. Juan Bautista Cabral” – El Acheral.

Escuela N° 142 – “El Bananal” – El Bananal.

Escuela N° 156 – “Dr. Guillermo Paterson” – La Esperanza.

Escuela N° 178 – “Nicolás Lamas” – Pampa Vieja

Escuela N° 188 – “Ricardo Güiraldes” – Real de los Toros.

Escuela N° 205 – “Bernardina Mejía Mirabal” – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 228 – “Altos Hornos Zapla” – Centro Forestal.

Escuela N° 238 – “Santa Bárbara” – Palma Sola.

Escuela N° 256 – “José Manuel Estrada” – La Mendieta.

Escuela N° 260 – “Fuerza Aérea Argentina” – El Remate.

Escuela N° 286 – “Francisco Narciso Laprida” – Vinalito.

Escuela N° 288 – “Dr. Jorge Cornejo Arias” – San Pedro de Jujuy.

Escuela N° 293 – “Justo José de Urquiza” – Lote Parapetí.

Escuela N° 304 – “Arq. Carlos Alberto Franzini” – El Piquete.

Escuela N° 306 – “Domingo Faustino Sarmiento” – El Arrayanal.

Escuela N° 309 – “Pedro Ortiz de Zárate” – El Fuerte.

Escuela N° 440 – La Quiaca.

VICEDIRECCIONES DE 2° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE

Escuela N° 440 – 1 vacante – La Quiaca.

DIRECCIÓN DE 2° CATEGORÍA – ALBERGUE ANEXO

Escuela N° 23 – “Remedios de Escalada de San Martín” – Rinconada.

Escuela N° 41 – “Soldado Argentino” – Coctaca.

VICEDIRECCIONES DE 1° CATEGORÍA – JORNADA COMPLETA

Escuela N° 338 – “Dr. Carlos Alberto Alvarado” – 1 vacante – El Piquete.

Escuela N° 343 – 1 vacante – Los Manatiales.

Escuela de Frontera N° 1 – “Gral. Manuel Belgrano” – 1 vacante – La Quiaca.

DIRECCIÓN DE 2° CATEGORÍA – JORNADA COMPLETA

Escuela N° 235 – “Provincia de Chubut” – Yala.

Escuela N° 322 – “Independencia del Perú” – Los Alisos.



ESCUELAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

DIRECCIÓN 1° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE

Escuela Especial N° 11 – “Prof. Luis Braille” – Palpalá. (para ciegos).

Escuela Especial N° 12 – “Dr. Guillermo Snopek” – San Pedro. (para sordos y ciegos).

VICEDIRECCIONES DE 1° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE

Escuela Especial N° 10 – 1 vacante – Ldor. Gral. San Martín.





…///



JARDÍN INTEGRAL NUCLEADO

DIRECCIÓN 1° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE



JIN N° 1 – La Quiaca.

JIN N° 2 – Humahuaca.

JIN N° 3 – San Salvador de Jujuy.

JIN N° 4 – Palpalá.

JIN N° 5 – Perico.

JIN N° 7 – Ldor. Gral. San Martín.

JIN N° 8 – Abra Pampa.

JIN N° 10 – Ldor. Gral. San Martín.

JIN N° 21 – San Salvador de Jujuy.

JIN N° 26 – San Pedro de Jujuy.

DIRECCIÓN 2° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE

JIN N° 12 – Abra Pampa.

JIN N° 13 – Tilcara.

JIN N° 14 – San Salvador de Jujuy.

JIN N° 15 – San Salvador de Jujuy.

JIN N° 16 – San Salvador de Jujuy.

JIN N° 19 – San Salvador de Jujuy.

JIN N° 22 – Palpalá.

JIN N° 23 – Palpalá.

JIN N° 24 – Perico.

JIN N° 25 – San Pedro.

JIN N° 27 – Yuto.



JARDÍN DE INFANTES CON MODALIDAD INDEPENDIENTE

DIRECCIÓN 1° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE

Escuela N° 261 – Ldor. Gral. San Martín.



DIRECCIÓN DE 2° CATEGORÍA – JORNADA SIMPLE

Escuela N° 147 – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 434 – San Salvador de Jujuy.

Escuela N° 461 – San Salvador de Jujuy.

DIRECCIÓN DE 2° CATEGORÍA – JORNADA COMPLETA

Jardín Integral N° 1 – Fraile Pintado.

…///































ANEXO II

Reglamento para Concurso de Oposición y Antecedentes para Cubrir Cargos Directivos en el Nivel Primario en Escuelas de Educación Común de 1era y 2da Categoría, con Modalidad de Organización de Jornada Simple, Jornada Completa y Albergue Anexo; Cargos Directivos de Escuelas de Primera Categoría de Educación de Nivel Inicial y Cargos Directivos Para Escuelas de Educación Especial.

Año 2010



CAPÍTULO I

DE LAS INSTANCIAS

ARTICULO 1º: El presente concurso constará de las siguientes instancias:

1. Capacitación.

2. Antecedente.

3. Examen Pre-ocupacional.

4. Oposición.

CAPITULO II

DE LA INSCRIPCION

REQUISITOS

ARTÍCULO 2º: Podrán intervenir en el presente Concurso de Oposición y Antecedentes, según la convocatoria prescripta por el Artículo 1ero de la presente Resolución, los docentes de escalafón que reúnan los requisitos que se detallan a continuación:

a. Para los aspirantes a cargos vacantes de directores y vicedirectores de Escuelas de Educación Común de 1era y 2da categoría para el Nivel Primario:

a.1. Ser argentino nativo o naturalizado

b.2.Poseer título de Maestro Normal Nacional; Maestro Normal Nacional Regional; Profesor para la Enseñanza Primaria, Profesor para el Nivel Primario, Profesor Elemental, Maestro Normal Superior o Provincial, Maestro Normal Provincial y otros Títulos equivalentes con validez nacional, según lo establece la Ley Nº 2531/60 -Estatuto del Docente Provincial-.

a.3. Estar comprendido en lo dispuesto por los Artículos 23 y 24 de la Ley Nº 2531/60 -Estatuto del Docente Provincial-



b. Para los aspirantes a cargos vacantes de directores de Escuelas de 1era categoría para el Nivel Inicial:



b.1. Ser argentino nativo o naturalizado.

b.2. Poseer título de Profesor Nacional de Jardín de Infantes, Profesora de Jardín de Infantes; Profesora –especializada en Jardín de Infantes, Maestro Normal nacional en Escuela Primaria y Jardín de Infantes; Profesora de Educación Pre-escolar, Profesora de Nivel pre-primario o pre-escolar, Profesora en Jardín de Infantes y otros títulos equivalentes con validez nacional.

b.3. Estar comprendido en lo dispuesto por los Artículos 23 y 24 de la Ley Nº 2531/60 -Estatuto del Docente Provincial-



c. Para los aspirantes a cargos vacantes de directores y vicedirectores de Escuelas de Educación Especial de 1era categoría:

c.1. Ser argentino nativo o naturalizado.

c.2. Poseer los títulos establecidos por el articulo N 6, “inciso e” de la Ley 3630/79, en referencia a títulos docentes para escuelas para discapacitados motores ,para discapacitados mentales, para discapacitados sensoriales, para discapacitados sociales y para escuelas hospitalarias .

c.3. Estar comprendido en lo dispuesto por los Artículos 23° y 24° de la Ley Nº 2531/60 -Estatuto del Docente Provincial-



ARTICULO 3º: Los aspirantes al concurso deberán estar cumpliendo servicio docente efectivo en un establecimiento escolar, al momento de inscribirse en el mismo.

ARTICULO 4º: No podrán intervenir en el Concurso, los docentes que:

a) No reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior.

b) Hayan sido objeto de medidas disciplinarias en el año del Concurso o en el inmediato anterior.

c) Que hayan iniciado ante el ANSES, los trámites correspondientes a la obtención del beneficio de la jubilación

d) Estén comprendidos durante el año del Concurso en situación de revista pasiva - Artículo 3º Ley Nº 2531/60 –Estatuto del Docente Provincial-.

e) Se encontraren con licencia sin goce de haberes durante el año del Concurso, o por Artículo 6º, por un período que exceda los noventa días, al momento de la inscripción y mientras dure el presente Concurso.

INSCRIPCIÓN

ARTÍCULO 5º: La inscripción de los aspirantes a participar en el Concurso se efectuara en la sede de cada una de las cinco Regiones que conforman el Sistema Educativo provincial. Vencido el plazo de la misma, el responsable de la Región remitirá a la Junta Calificadora, el listado de los inscriptos con la documentación requerida. El trámite deberá efectuarse personalmente o mediante apoderado, debidamente acreditado.

ARTICULO 6º: Al momento de la inscripción, el aspirante deberá presentar la siguiente documentación:



a) Solicitud de inscripción en formulario provisto por la Junta Calificadora.

b) Constancia del ANSES de no haber iniciado el trámite jubilatorio -certificación negativa-

c) Declaración Jurada de cargos, empleos u horas cátedras de todas las jurisdicciones en las que preste servicio activo al momento de la inscripción.

ARTÍCULO 7º: El aspirante deberá registrar en la solicitud de inscripción el nombre del docente que elige para integrar el Jurado. El docente seleccionado deberá cumplir con los requisitos establecido por el artículo 15, incisos: e), f), g), según corresponda, del presente reglamento.



ARTÍCULO 8º: La Inscripción y la participación de los aspirantes que estuvieran sometidos a proceso sumarial, será considerada en forma provisoria hasta su resolución. Concluido el sumario, si el concursante resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el Artículo 67º del Estatuto del Docente Provincial, se desestimará su inscripción y participación en el Concurso, en cualquiera de sus instancias.



ARTÍCULO 9º: No serán consideradas las solicitudes presentadas fuera de término y las que no reúnan los requisitos establecidos en el presente Reglamento.



ARTÍCULO 10º: Durante el período de sustanciación del Concurso, el aspirante podrá desistir de la participación del mismo, mediante nota presentada ante la Junta Calificadora.



CAPITULO III

DEL EXAMEN PRE-OCUPACIONAL



ARTICULO 11 º: El examen Pre-ocupacional se realizará en el Hospital cabecera de cada una de las cinco Regiones que conforman el Sistema Educativo provincial y/o Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy. Cumplimentado, el mismo deberá ser presentado ante la Junta Calificadora en el plazo establecido en el cronograma estipulado en el Artículo 5 de la Resolución de convocatoria.



CAPITULO IV

DE LA INSTANCIA DE EVALUACION DE ANTECEDENTES

ARTICULO 12º: Se computará como antecedente, el puntaje que el concursante registrare en el escalafón vigente en Junta Calificadora, al momento de la inscripción en el Concurso.

ARTICULO 13º: Los cuadros de puntaje se confeccionaran en padrón general para toda la provincia.



ARTÍCULO 14º: La exhibición de los cuadros de puntaje se realizará en la Junta Calificadora, Delegaciones Regionales y en las Sedes de la Asociación de Educadores Provinciales; período en el que los aspirantes tendrán derecho a presentar sus reclamos, si lo consideran necesario, únicamente ante la Junta Calificadora y en los plazos establecidos en el cronograma.

CAPITULO V

INSTANCIAS DE OPOSICIÓN

DE LA CONSTITUCION DEL JURADO

ARTÍCULO 15º: El Jurado estará integrado por Cinco (5) miembros, para cada nivel y modalidad:

a) Un profesor en Ciencias de la Educación o equivalente, en representación del Ministerio de Educación, con competencia en los dos niveles y en la modalidad a concursar.

b) Un docente que acredite trayectoria en la función directiva y/o supervisiva en el Nivel Primario, en representación de la Secretaria de Gestión Educativa del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy.

c) Un docente que acredite trayectoria en la función directiva y/o supervisiva en el Nivel Inicial, en representación de la Secretaria de Gestión Educativa del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy.

d) Un docente que acredite trayectoria en la función directiva y/o supervisiva la modalidad de Educación Especial, en representación de la Secretaria de Gestión Educativa del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy.

e) Un Director o Supervisor titular en actividad, en representación de los concursantes del Nivel Primario.

f) Un Director o Supervisor titular en actividad, en representación de los concursantes del Nivel Inicial.

g) Un Director o Supervisor titular en actividad, en representación de los concursantes de la Modalidad de Educación Especial.

h) Un profesor en Ciencias de la Educación o equivalente, en representación de la Asociación de Educadores Provinciales, con competencia en los dos niveles y en la modalidad a concursar.

i) Un Director o Supervisor en actividad, en representación de la Asociación de Educadores Provinciales, con competencia en los dos niveles y en la modalidad a concursar.



ARTICULO 16º: Cada miembro del Jurado tendrá su respectivo suplente.

ARTICULO 17º: No podrán ser miembros del Jurado las personas que realicen, en forma privada, acciones de capacitación dirigidas a los postulantes del presente Concurso.

ARTICULO 18º: Una vez conformado el Jurado, se exhibirá la nómina en la Junta Calificadora, Delegaciones Regionales y Sedes de la Asociación de Educadores Provinciales y cualquiera de sus miembros podrá ser recusado por los concursantes, en caso de inhabilitación comprobada fehacientemente. Dicha presentación se efectuará ante la Secretaria de Gestión Educativa. No obstante, dicho Jurado continuará cumpliendo sus funciones con la cantidad de miembros que se determinan en el Artículo 21º del presente Reglamento.

ARTÍCULO 19º: Serán causales de recusación o excusación por parte de un miembro del Jurado:

a) Familiares de los concursantes hasta el segundo grado de consanguinidad.

b) Mantenimiento de relaciones comerciales.

c) Enemistad manifiesta.



DEL FUNCIONAMIENTO DEL JURADO

ARTÍCULO 20º: El Jurado será presidido por uno de sus integrantes, elegido por sus pares, quien oficiara de presidente de trámite del Concurso, objeto del presente instrumento normativo. El presidente tendrá doble voto en caso de empate.

ARTICULO 21º: El Jurado tendrá quórum legal para su funcionamiento con las dos terceras partes de sus integrantes.

ARTICULO 22º: Los miembros suplentes del Jurado, integrarán el mismo, en caso de alejamiento definitivo del titular.

ARTÍCULO 23º: El Jurado será responsable de:

a) La organización, implementación y evaluación de las instancias de Capacitación y Actualización Docente en Servicio.

b) La elaboración de los criterios e instrumentos de evaluación a aplicar en las distintas instancias de las pruebas de oposición, como así también de la organización y ejecución de las mismas.

c) La corrección y calificación de las distintas instancias de oposición.

d) La devolución de los resultados de las distintas instancias evaluativas a los concursantes, fijando y dando a conocer las fechas y lugares para la concreción de las mismas.

e) Recepcionar y responder a todas las consultas e inquietudes que presentaren los concursantes, referidos a las instancias evaluativas.

f) Poner a disposición de la Secretaría de Gestión Educativa toda información que fuera requerida para dar respuesta a presentaciones formales o dictar actos administrativos.

g) Finalizado el Concurso, el Jurado elevara a la Secretaría de Gestión Educativa, todas las actuaciones y un informe en el que se especificarán, por orden de merito, los resultados, las conclusiones y recomendaciones para futuros concursos.

DE LAS PRUEBAS DEL CONCURSO

ARTICUO 24º: El concurso constara de las siguientes pruebas eliminatorias:

a) EVALUACIONES PROGRAMADAS EN LA INSTANCIA DE CAPACITACION: Tienen la finalidad de abordar el marco teórico que sustenta la gestión directiva. Las mismas revisten el carácter de trabajo integrador al finalizar cada módulo de contenidos establecidos en el Anexo III de la Resolución de convocatoria.

b) EVALUACION ESCRITA: tiene por finalidad la resolución de problemas referidos al quehacer cotidiano de la gestión directiva y su correspondiente fundamentación legal y técnica.

c) TRABAJO DE CAMPO: consistirá en el abordaje del campo institucional de una escuela seleccionada por el jurado, para el análisis de la realidad de la misma, la priorización de sus necesidades y la implementación de actividades inherentes a la función directiva. Para el relevamiento de información y establecimiento del estado de situación de la escuela adjudicada, el concursante tendrá cinco (5) días hábiles de trabajo y tres (3) días hábiles para desarrollar la función directiva en dicho establecimiento. Finalizada esta etapa, el concursante presentara al jurado un informe de lo actuado.

d) COLOQUIO consistirá en una entrevista individual en la que el concursante presentara al Jurado la argumentación necesaria y pertinente para justificar las decisiones adoptadas en el trabajo de campo.

ARTICULO 25º: El Ministerio de Educación, a través de los miembros del Jurado ofrecerá una instancia de “Capacitación y Actualización Docente en Servicio “destinada a los concursantes en los términos técnicos y administrativos establecidos en el Anexo III de la Resolución de convocatoria.

ARTICULO 26º: Serán tres (3) las evaluaciones a ejecutarse en la instancia de “Capacitación y Actualización Docente en Servicio“, cada una de las cuales revistaran el carácter de trabajo integrador por módulo, las mismas deberán ser aprobadas con una calificación de seis (6) puntos o más. La calificación definitiva de la instancia de Capacitación de referencia, será la resultante del promedio de los tres (3) trabajos realizados.

ARTÍCULO 27º: El Jurado implementará mecanismos que garanticen el anonimato de los concursantes en las Evaluaciones Escritas.





DE LA CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS

ARTICULO 28º: La calificación por antecedentes resultará de aplicar el coeficiente 0,1 al puntaje que cada aspirante tiene registrado en el Cuadro de Escalafón.

ARTÍCULO 29°: Los resultados de las Evaluaciones escritas y prácticas serán apreciados según la escala del 0 al 10 y se aprobarán con una calificación no inferior a seis (6) puntos.

ARTICULO 30º: Los resultados de las evaluaciones escritas y prácticas serán convalidados a través de resoluciones de la Secretaria de Gestión Educativa.

ARTICULO 31º: La calificación de las pruebas establecidas en el concurso serán la resultante del promedio de las calificaciones obtenidas en la Instancia de Capacitación y Oposición.

ARTICULO 32º: La calificación definitiva resultará de sumar la calificación obtenida en la Oposición más el puntaje en la capacitación, más el puntaje asignado en los Antecedentes.

ARTICULO 33º: La calificación en el Concurso de Antecedentes y Oposición, se expresará con promedios exactos hasta centésimos.

ARTÍCULO 34º: En caso de empate, se optará por el concursante que haya logrado mayor puntaje en la Oposición.

ARTÍCULO 35º: El orden de mérito obtenido por los concursantes al finalizar el Concurso, será expuesto en la Junta Calificadora, Delegaciones Regionales y Sedes de la Asociación de Educadores Provinciales. Los reclamos que pudieren surgir, serán presentados ante la Secretaría de Gestión Educativa en el término de (5) cinco días hábiles posteriores a la exhibición del mismo.

CAPITULO VI

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 36º: Durante el período de sustanciación del Concurso, el aspirante deberá mantener las condiciones establecidas en el Artículo 2do. de la presente Reglamentación.

ARTICULO 37º: El aspirante inscripto, durante la sustanciación del concurso, gozara de ocho (8) días hábiles de licencia, según lo prescripto por el Artículo veinticuatro (24) inciso “C’ de la presente reglamentación. El mencionado derecho se encuadra en el Artículo veintiocho (28), para los docentes que desarrollan funciones en el nivel inicial y primario, y en el Artículo veintisiete (27). Para los docentes de nivel medio y superior de los correspondientes Reglamentos de Licencias e Inasistencias.

ARTICULO 38º: El aspirante que por causas graves de salud o duelo, debidamente justificadas, se vea imposibilitado de presentarse a la Evaluación Escrita programada para la instancia de oposición, deberá comunicar, por escrito dentro de las 24 horas, esta situación a la presidencia del Jurado, antes de la hora de iniciación de la prueba. En el término de veinticuatro (24) horas deberá presentar la correspondiente certificación. El Jurado determinará lugar y fecha para la realización de la evaluación correspondiente.

ARTICULO 39º: Ante cualquier presentación relacionada con los resultados de las pruebas de oposición, los concursantes deberán ajustarse a los procedimientos establecidos en la Ley Nº 1886/48 -Ley Procesal Administrativa de la Provincia-.

ARTICULO 40º: Finalizado el Concurso, la Secretaría de Gestión Educativa, a través de la Junta Calificadora, procederá al ofrecimiento público y adjudicación de los cargos vacantes, según el orden de puntaje de los concursantes.

ARTICULO 41º: El personal ascendido deberá tomar posesión en su cargo en la fecha que determine la Secretaría de Gestión Educativa, debiendo permanecer en el mismo por el término de dos (2) años y no podrá desistir del cargo asignado por ningún motivo. En caso que lo hiciere, quedará inhabilitado por el término de tres (3) años para participar en Concursos de Ascensos.

ARTICULO 42º: Las cuestiones no previstas por esta Reglamentación, serán resultas por la Secretaría de Gestión Educativa.

ARTICULO 43º: La presente Reglamentación deroga toda otra disposición que con anterioridad se hubiera dictado con idéntico motivo.





















































ANEXO III

Instancia de Capacitación y Actualización en Servicio

ARTICULO 1°: La acción de capacitación a la que accederán los aspirantes a cubrir cargos directivos se denominará “CURSO DE CAPACITACION Y ACTUALIZACION EN GESTION DIRECTIVA”.

ARTICULO 2°: La acción de capacitación dispuesta por el artículo 1° estará reservada exclusivamente a los aspirantes inscriptos en el Concurso destinado a cubrir cargos de directores y vicedirectores para escuelas de 1era y 2da categoría del Nivel de Educación Primaria, para directores de primera categoría del Nivel de Educación Inicial y directores y vicedirectores de Escuelas de Educación Especial.



ARTÍCULO 3°: Determinase como sede en la que se implementarán las acciones de capacitación a la ciudad de San Salvador de Jujuy.



ARTÍCULO 4°: Serán responsables de la organización y ejecución del curso de capacitación los miembros del Jurado, el Equipo capacitador constituido al efecto por el Ministerio de Educación y los capacitadores designados por la Asociación de Educadores Provinciales.



ARTÍCULO 5°: La propuesta tiene como intencionalidad la generación de espacios significativos de capacitación, a partir de los cuales los futuros directivos tengan la oportunidad de construir saberes socialmente validos acerca de su rol y de los retos que impone la gestión de las instituciones educativas en el actual contexto. En tal sentido, el desafío se instala desde la posibilidad de la construcción de saberes que se constituyan en un puente que articule la teoría con la práctica y saberes que permitan equilibrar entre aquello que es necesario cambiar con lo que vale la pena conservar.



ARTÍCULO 6°: Obtiene real significado, en la propuesta de capacitación, el abordaje de la problemática de las instituciones escolares, sus actores y conflictos como marco propicio en la definición del rol directivo. Como asimismo, adquiere relevancia el análisis, reflexión y toma de posición en lo referente a la gestión directiva desde la acción orgánico-admistrativo y desde la perspectiva de la gestión pedagógica-curricular.



ARTÍCULO 7°: En el espacio de capacitación, la escuela es objeto de análisis reflexivo como continente y contenido de las prácticas educativas, desde allí se la entiende como espacio en permanente construcción desde una gestión institucional participativa, en la cual la dirección, es concebida como un ámbito de mediación y gestión de la complejidad.



ARTICULO 8°: La acción de capacitación propuesta tiene por objetivo:

a) Desarrollar una actitud crítica que permita revisar las matrices de formación y el desarrollo de la propia practica en el contexto de las instituciones escolares actuales.

b) Comprender los procesos de desarrollo organizacional a la luz de los modelos teóricos contemporáneos.

c) Generar espacios de reflexión-acción sobre el abordaje de la complejidad de las organización y gestión de las instituciones escolares.

d) Abordar contextuadamente la construcción del rol directivo como un modelo para armar.

e) Valorar los aportes de la evaluación educativa como herramienta útil para el desarrollo eficaz de la gestión directiva.



ARTÍCULO 9°: Los contenidos mínimos a desarrollar en el “Curso de Capacitación y Actualización en Gestión Directiva” serán los que se presentan a continuación:





MODULO I:



LA INSTITUCION EDUCATIVA y LA DIRECCION ESCOLAR



OBJETIVOS ESPECIFICOS

• Analizar críticamente las funciones de la escuela, en el marco sociopolítico actual.

• Explicar el comportamiento organizacional de las instituciones educativas.

• Analizar el papel de la dirección escolar en las instituciones educativas actuales.

• Aplicar la normativa vigente en la resolución de problemas de gestión de la Institución Escolar.



CONTENIDOS



• El marco sociopolítico en el que opera la Escuela actual.

• Función actual de la Escuela.

• Concepciones contemporáneas de la Escuela como organización.

• Rol y Funciones de la Dirección.

• Estilos de gestión directiva.

• La normativa vigente como herramienta de gestión y legitimación del rol directivo.





MODULO II



LA GESTION PEDAGOGICO-DIDACTICA DEL DIRECTOR



OBJETIVOS ESPECIFICOS:

• Aplicar estrategias de planeamiento institucional en la gestión directiva.

• Analizar las prácticas pedagógicas didáctica a la luz del ejercicio del rol directivo.

• Elaborar estrategias de gestión curricular que orienten el proceso didáctico-pedagógico de la Institución Escolar.



CONTENIDOS:



• La planificación institucional como herramienta de gestión directiva.

• El análisis de las prácticas pedagógicas y didácticas: características y problemas.

• El lugar del asesoramiento pedagógico en el quehacer directivo. El acompañamiento del director en las prácticas docentes.

• Estrategias de asesoramiento pedagógico.

• El director como coordinador de la tarea docente.





MODULO III



LA EVALUACION INSTITUCIONAL EN LA GESTION DIRECTIVA



OBJETIVOS ESPECIFICOS:

• Elaborar herramientas de evaluación institucional que permitan recoger información útil para la toma de decisiones.

• Producir un modelo metodológico apropiado, desde la investigación educativa, para el desarrollo de la función directiva.



CONTENIDOS:



• Concepciones y enfoques sobre la evaluación institucional.

• Significados y sentidos de la autoevaluación en la escuela.

• El proceso de autoevaluación y la tarea del director.

• Estrategias de autoevaluación.



ARTÍCULO 10°: La capacitación se dirigirá a promover el desarrollo de los siguientes contenidos actitudinales:

a) Desarrollo de actitudes de reconocimiento y respeto por la heterogeneidad y diversidad de los actores del proceso educativo.

b) Afianzamiento del Rol Directivo como mediador en la construcción y apropiación del conocimiento acerca de la institución y su quehacer.

c) Fortalecimiento de actitudes reflexivas para revisar los procesos de la formación profesional.

d) Desarrollo de actitudes positivas con respecto a la producción del conocimiento y sus posibilidades de intercambio y socialización.

e) Valorar el papel de la evaluación como herramienta de trabajo imprescindible para la toma de decisiones oportunas.

f) Promoción de actitudes de compromiso con la realidad personal, escolar, comunitaria y social en contextos democráticos pluralistas y participativos.





ARTÍCULO 11°: El desarrollo de las instancias de capacitación se efectuarán a partir de encuentros presenciales en los que los capacitandos, además de compartir información brindada por los capacitadores, tendrán la posibilidad de acceder a un espacio virtual, del que podrán obtener material de lectura, además de materiales diversos que favorezcan el estudio y la reflexión de cada uno de los contenidos que conforman el programa del curso objeto de la presente capacitación.



ARTICULO 12°: Durante las instancias presenciales los concursantes participarán de seminarios talleres, en los que a partir de diferentes medios tecnológicos, accederán a los encuadres teóricos que fundamentan el ejercicio del rol directivo.



ARTICULO 13°: En los talleres capacitandos y capacitadores, a través de diferentes técnicas de trabajo abordarán la resolución de problemas que tendrán la finalidad de articular la teoría con la práctica, el intercambio de opiniones y la confrontación de ideas, entre otras actividades con el propósito de construir los andamiajes teóricos que sostienen el quehacer cotidiano de los futuros directores de escuelas.



ARTICULO 14°:Durante los encuentros interperíodos, los capacitandos tendrán la posibilidad de acceder a materiales teóricos diversos instalados en un espacio virtual creado para esta instancia, además de participar de foros de discusión, consultas, resolución de situaciones problemas, entre otros.



ARTÍCULO 15°: La evaluación de la instancia de capacitación tendrá en cuenta:

a) Producciones de los capacitandos sobre lectura, análisis y ejemplificaciones del material bibliográfico provisto por el equipo capacitador.

b) Producciones que evidencien la aplicación analítica y reflexiva de los aportes teóricos a situaciones concretas.

c) Evaluaciones parciales al finalizar el desarrollo de cada módulo.

d) Evaluación final, que tendrá el propósito que los capacitandos integren los contenidos desarrollados en el curso, en forma reflexiva y crítica.



ARTICULO 16°: La evaluación final tendrá la característica de prueba de libro abierto, domiciliaria, será escrita, de producción grupal.



ARTICULO 17°: Los criterios de evaluación que se tendrán en cuenta serán los siguientes:

a) Comprensión de los conceptos teóricos empleados.

b) Pertinencia en la adopción de marcos teóricos.

c) Capacidad de integración de temáticas relativas a los aspectos propios del curso desarrollado.

d) Adecuada interpretación y aplicación de aspectos teóricos.

e) Capacidad para resolver situaciones problemáticas de la gestión directiva.

f) Coherencia entre la práctica educativa analizada y los indicadores seleccionados para hacerlo.

g) Adecuación de la situación seleccionada para el análisis, a las características de la función de dirección.



SAN SALVADOR DE JUJUY, de Julio de 2010

3 comentarios:

  1. En las Escuelas Profesionales cual es la Resolución que tiene vigencia para cubrir los cargos jerárquicos?

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  2. La resolución 0197/92 esta en vigencia? si desde el 2014 las Escuelas Profesionales dependen de Dirección Técnica Profesional?

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  3. La resolución 0197/92 esta en vigencia? si desde el 2014 las Escuelas Profesionales dependen de Dirección Técnica Profesional?

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